6 de febrero de 2018

Seguros personales, ¿para qué sirven?

Seguros personales, ¿para qué sirven?Hay muchas clases de Seguros que se pueden contratar, desde Seguros de Coche, con todas las modalidades que hay, a los Seguros de Hogar o los de Vida o Decesos.

Para poner orden entre tanta oferta, en el sector asegurador se habla de tres tipos de Seguros:

- Seguros Personales
- Seguros de Daños o Patrimoniales
- Seguros de Prestación de Servicios

Y dentro de cada una de estas clases de Seguros, existen pólizas de lo más variado, tanto en las coberturas que ofrecen, como en la forma en que cubren esos riesgos.

De todos ellos, los Seguros Personales son los que tienen a las personas como objeto asegurado, aunque esta protección se aplica de muy diversas formas. Hoy os vamos a contar qué son y cuáles son los tipos de Seguros Personales que puedes contratar.

Seguros Personales: definición

Su propio nombre da la pista definitiva la definición de estas pólizas. Los Seguros Personales o Seguros para las Personas son aquellos que cubren los riesgos que puedan llegar a afectar la integridad física, existencia o salud de la persona asegurada.

Las personas están en el centro de este producto asegurador que protege a una persona, el asegurado, ante la posibilidad de que suceda un siniestro que le afecte directa y personalmente.

Un fallecimiento, ser víctima de un accidente con secuelas o padecer una enfermedad o dolencia, son situaciones para las que este tipo de Seguros ofrecen diversas soluciones, bien en forma de indemnizaciones, prestando servicios médicos privados o como producto de ahorro para el futuro.

Tipos de Seguros Personales

Dependiendo de las características de estos productos aseguradores, podemos clasificar los Seguros para Personas en cuatro grandes categorías:

- Seguros de Vida
- Seguros de Accidentes Personales
- Seguros de Salud
- Seguros de Dependencia

Veamos qué características definen cada uno de estos Seguros Personales.

Los Seguros Personales de Vida

Los Seguros de Vida Personales cubren el fallecimiento del asegurado o una situación sobrevenida de invalidez total y permanente por accidente o enfermedad. Al contratar un Seguro de Vida se establece un capital asegurado que se pagará a los beneficiarios en caso de que sucedan los riesgos asegurados.

Entre los Seguros de Vida, se distinguen tres tipos:

- Seguros de Fallecimiento o Seguros de Vida Riesgo
- Seguros de Supervivencia o Seguros de Vida Ahorro
- Seguros Mixtos

Por otro lado, cabe destacar que estas pólizas es importante el papel que desempeñan las tres figuras que, junto con la aseguradora, intervienen en el contrato, es decir, el tomador, el asegurado y el beneficiario.

Seguros de Fallecimiento o Seguros de Vida Riesgo

Los Seguros de Fallecimiento, también conocidos como Seguros de Vida Riesgo, son los que asociamos a los Seguros de Vida. Estas pólizas comprometen a la aseguradora a que, en caso de que el asegurado fallezca antes de la finalización del contrato, se abone el capital asegurado a los beneficiarios designados en el Seguro.

En caso de que finalice el contrato y la persona asegurada no haya fallecido, la aseguradora no tiene que pagar ninguna contraprestación. Además, en estas pólizas también se puede incluir como garantías opcionales, la cobertura de situaciones de invalidez o accidentes.

Seguros de Supervivencia o Seguros de Ahorro

En los Seguros de Supervivencia, más conocidos como Seguros de Ahorro, se garantiza a los beneficiarios el abono del capital asegurado si el asegurado vive en el momento de la finalización del contrato.

Son Seguros pensados para garantizar un ahorro futuro y que cuentan con un atractivo tratamiento fiscal. En este tipo de pólizas podemos encontrar varias modalidades:

- Planes de Previsión Asegurados (PPA)
- Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS)
- Seguros Individuales a Largo Plazo (SIALP o plan ahorro 5)
- Seguros de Rentas Vitalicias
- Seguros Unit Linked

Seguros de Vida Mixtos

Finalmente, hay productos de Vida Ahorro que incluyen en sus garantías la cobertura de fallecimiento, de forma que si se produce la muerte de la persona asegurada, los beneficiarios cobrarán el capital asegurado. Y si no sucede, la póliza cumplirá con la rentabilidad pactada en el contrato, en el momento de su vencimiento.

Los Seguros de Accidentes Personales

Los Seguros de Accidentes son el tipo de póliza para personas que tiene una mayor presencia. Al contratar esta póliza, la aseguradora se compromete a indemnizar con una cantidad económica, en caso de que la persona asegurada sufra un accidente que le incapacite para el desempeño de su actividad profesional o, incluso, le cause la muerte.

En los Seguros Personales de Accidentes el beneficiario puede ser el asegurado o la persona o personas que él designe como beneficiarios, dependiendo de si el accidente cause o no el fallecimiento del asegurado.

Por sus características, este tipo de pólizas son contratadas por profesionales que desempeñan actividades que entrañen cierto riesgo o por autónomos que necesitan una cobertura económica en caso de sufrir un accidente.

uros de Salud o Enfermedad

Los Seguros de Salud están entre los Seguros Personales más extendidos entre los hogares. Unos 10 millones de personas en España están bajo la cobertura de estas pólizas.

Los también conocidos como Seguros Médicos proporcionan al titular y a su familia una cobertura sanitaria y asistencial en el supuesto de sufrir alguna dolencia o enfermedad. En función de las características de la cobertura sanitaria, hay varias modalidades de Seguros de Salud:

Seguro de Asistencia Sanitaria o de Cuadro Médico

Al contratar un Seguro de Asistencia Sanitaria, la aseguradora presta una cobertura asistencial médico-quirúrgica basada en cuadro médico integrado por los profesionales y centros privados.

Estos centros médicos, doctores y médicos especialistas están concertados con la compañía, para ponerse a disposición de los clientes del Seguro de Salud y prestarles servicios médicos.

En estas pólizas, las coberturas son prestaciones de servicios sanitarios como consultas con especialistas o pruebas médicas, dentro de los límites que establece la póliza. Además, los Seguros de Asistencia Sanitaria pueden complementar su cobertura con determinadas prestaciones de carácter económico o con otras coberturas adicionales.

Seguro de Salud con Reembolso

Esta modalidad de Seguro Médico ofrece al asegurado la posibilidad de reservar cita con cualquier médico o en cualquier centro hospitalario, en cualquier lugar del mundo sin necesidad de que forme parte del cuadro médico de la aseguradora.

Sin embargo, en este tipo de póliza de Salud el asegurado abona los gastos médicos de la consulta o la prueba médica que se haga y, una vez realizada, debe enviar la factura y el informe médico a la aseguradora. El Seguro reembolsa todo o parte de estos gastos.

Seguro de Enfermedad o de Indemnización

Los Seguros de Enfermedad ofrecen una indemnización económica para compensar las consecuencias de determinadas dolencias y enfermedades.

También se pueden cubrir con una indemnización algunas situaciones relacionadas con el estado de salud del asegurado, tales como una baja laboral o un periodo de hospitalización.

Seguro de Dependencia

Este tipo de Seguros para las Personas son los menos conocidos. Los Seguros de Dependencia son pólizas que garantizan una indemnización en caso de que la persona asegurada sufra algún accidente o enfermedad, cuyas consecuencias físicas le impidan llevar una vida normal y valerse por sí misma.

La indemnización de las pólizas que cubren la Dependencia puede cobrarse en forma de renta mensual vitalicia o como capital abonado en un solo plazo. El Seguro también puede ofrecer su cobertura mediante la prestación de algún servicio asistencial cuando el asegurado se encuentre en una situación de incapacidad que le impida valerse por sí misma.

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